El Congreso mexiquense derogó el delito que criminaliza la crítica hacia personas servidoras públicas.

El Congreso mexiquense derogó el delito que criminaliza la crítica hacia personas servidoras públicas.

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  • El delito criminalizaba la crítica hacia personas servidoras públicas.
  • La reforma consolida la democracia y garantiza la libertad de expresión, coinciden.

El Congreso mexiquense aprobó eliminar del Código Penal estatal el delito de ultraje, con el fin de evitar restringir, de manera desproporcionada, la libertad de expresión, por considerar que criminaliza la crítica hacia las personas servidoras públicas.

Al avalar las iniciativas de la bancada de MC y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, la diputada Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN) resaltó que la reforma consolida la democracia; mientras que el legislador Vladimir Hernández Villegas (morena) aseguró que preserva los derechos humanos y la libertad de expresión.

De acuerdo con el dictamen, el delito de ultraje es contrario al ordenamiento constitucional y vulnera la libertad de expresión, un derecho fundamental reconocido en la Constitución y los tratados internacionales que México suscribe.

Enfatiza que, con la abrogación de este delito, se contribuye al respeto de los derechos humanos, la protección de las garantías constitucionales y la adecuación de la legislación local a los principios democráticos y los compromisos internacionales de la nación; además que se fortalece la libertad de expresión.

El dictamen, enriquecido con la opinión de representantes del gobierno estatal, precisa la derogación del Capítulo VI, del Subtítulo Segundo, del Título Primero, y los artículos 126 y 127, del Código Penal del Estado de México.

Dicho articulado, definía el ultraje como toda expresión, directa o indirecta, o toda acción ejecutada contra alguna persona servidora pública, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pueda implicar ofensa o desprecio.

Hasta ahora el delito se castigaba con seis meses a dos años de prisión y de 30 a 150 días multa. Así como que, si se cometía en contra de una persona servidora pública, las penas son de seis meses a un año de prisión y de 30 a 100 días multa.

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